martes, 30 de mayo de 2017

CONVOCATORIAS OPE


A) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2017, del director general de Recursos Humanos y Económicos, por la que se convoca un concurso-oposición, por el turno de acceso libre, para la provisión de vacantes de asistente o asistenta - trabajador o trabajadora social de instituciones sanitarias. [2017/4602]
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A) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2017, del director general de Recursos Humanos y Económicos, por la que se convoca un concurso-oposición, por el turno de promoción interna, para la provisión de vacantes de asistente o asistenta - trabajador o trabajadora social de instituciones sanitarias. [2017/4603]
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A) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2017, del director general de Recursos Humanos y Económicos, por la que se convoca un concurso-oposición, por el turno de promoción interna, para la provisión de vacantes de administrativo o administrativa de la función administrativa de instituciones sanitarias. [2017/4605]
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sábado, 27 de mayo de 2017

OPE CONSELLERIA DE SANIDAD. TEMARIO NO PROPORCIONAL

INTERSINDICAL SALUT-IV denuncia la falta de proporcionalidad de la parte general de los temarios en todas las categorías profesionales convocadas.

Desde el sindicato valenciano de sanidad informan que se han dirigido a la Dirección General de Asistencia Sanitaria para denunciar el hecho de que los temarios de normativa general, normativa sanitaria e informática tienen una coincidencia absoluta en todas las convocatorias con independencia del nivel de titulación que se exige para presentarse a la oposición.
 Intersindical Salut, denuncia la coincidencia de trece temas en todas las categorías profesionales convocadas, situación que es considerada como una «anomalía» que puede vulnerar el principio de igualdad que tiene que primar en todos los procesos de selección de personal en las administraciones públicas.
 La organización sindical alega que los temarios no pueden coincidir ni en todo ni en parte entre convocatorias para plazas de grupos profesionales diferentes, dado que los requisitos de titulación para acceder a la convocatoria también son diferentes. Se da la circunstancia que las tres partes del temario coincidentes son las mismas para una convocatoria del grupo A1 (licenciados y estudios universitarios superiores) que para una de C1 (Formación profesional superior), y de continuar con este criterio, podrá darse el hecho de coincidir parte del temario con las convocatorias de AP, agrupaciones profesionales con unos requisitos de estudios elementales para acceder a la convocatoria.
 Así pues, desde Intersindical Salut se ha pedido que se adopte un criterio de proporcionalidad en la conformación de los temarios, pues entendemos que los contenidos generales de normativa, normativa sanitaria e informática también se tienen que adaptar cuantitativa y cualitativamente a las características de los grupos de aspirantes que concurren a cada convocatoria. El sindicato considera que el principio de igualdad se desvirtúa si se aplica lo mismo para grupos de aspirantes que son diferentes.


jueves, 25 de mayo de 2017

PASOS EN LA CARRERA PROFESIONAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO



Estimados compañeros y compañeras:
Actualmente el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana esta dando la razón a través de sentencias favorables a los trabajadores estatutarios que iniciaron las correspondientes demandas judiciales.
   Simultáneamente a estas sentencias, que son recurribles por la Conselleria de Sanidad ante el Tribunal Supremo, ha coincidido con una sentencia del Tribunal Supremo pero en el ámbito de la Función Publica y que no es aplicable al personal estatutario del ámbito laboral. Esta sentencia que fue presentada y ganada por el sindicato que representa los intereses del personal temporal de la Función Pública (IGEVA ) y no por UGT como así han declarado desde el mismo sindicato, esta siendo negociada por los sindicatos con representación a través de mesas técnicas con el fin de negociar los criterios de aplicación.
   Al mismo tiempo la Conselleria de Sanidad parece que ha abierto un camino parecido al de Función Pública y empieza a mostrar intención de negociación con el objetivo de establecer o interpretar los criterios de la sentencia ganada por IGEVA y las que están siendo dictadas por el TSJCV
Os adelantamos estos criterios:

1.- Reconocimiento al cobro de los importes en concepto de carrera y desarrollo al personal que cumpla estrictamente con el requisito de permanencia superior a 5 años en el mismo puesto.
2.- No reconocimiento, ni consolidación del derecho a la carrera y desarrollo profesional.
3.- No reconocimiento de derecho ni haberes al personal que aun habiendo trabajado ininterrumpidamente más de 5 años, lo haya hecho en diferentes puestos de trabajo.

Esperamos y deseamos que la Conselleria de Sanidad de forma rápida aplique la sentencia del Tribunal Supremos a los compañeros y compañeras que cuenten con las condiciones establecidas

COMUNICADO DEL SINDICATO IGEVA (SINDICATO DE INTERINOS DE LA GENERALITAT VALENCIANA)

Ante la aparición de noticias FALSAS en los periódicos y en los correos enviados por algunos sindicatos queremos comunicar que IGEVA no está dentro de la UGT. IGEVA es un sindicato distinto  de UGT con reivindicaciones distintas.
UGT firmó la carrera profesional y no podia reclamar como sindicato algo que habia aceptado con su firma. 

IGEVA no estaba de acuerdo con el Decreto de Carrera Profesional y no firmó porque dejaba al personal interino fuera una vez más. 

IGEVA como sindicato independiente  reclamó la carrera profesional para el personal interino. Por este motivo los beneficios de la sentencia los obtendrá todo el colectivo de interinos afectado por el Decreto de Carrera. No solo para los que hicieron el esfuerzo de reclamarlo a título individual. En el plazo de dos meses la administración puede aplicar la sentencia de oficio y si no lo hace transcurrido este plazo de dos meses desde la sentencia, IGEVA, como sindicato demandante del derecho, pedirá la ejecución de sentencia, que es de obligado cumplimiento por la Administración.

Y gracias al gran esfuerzo realizado IGEVA ha conseguido el reconocimiento de la carrera profesional para el personal interino. Y eso es un mérito del que estamos orgullosos y DEL QUE ÉTICAMENTE NO SE PUEDEN APROPIAR los que no lucharon por él.

miércoles, 24 de mayo de 2017

ATAQUE AL PERSONAL TEMPORAL

PP y C’s pactan limitar a tres años la duración de la interinidad en el sector público

La enmienda del grupo popular reduce a "necesidades urgentes" el uso de la interinidad
Fuente: El Pais


   Los grupos del Partido Popular y de Ciudadanos apoyarán una enmienda del PP a los presupuestos que contempla poner límites a uso que la Administración hace, en todos sus ámbitos, de los interinos. El texto presentado por el grupo que apoya al Ejecutivo limita a un máximo de tres años la duración de los contratos temporales en el sector público o el nombramiento como funcionario interino del trabajador afectado.

La enmienda también contempla vetar el empleo temporal. "No se podrá proceder a la contratación de personal temporal, así como al nombramiento de personal estatutario temporal y de funcionarios interinos excepto en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables", señala la enmienda popular, que contará con el respaldo de Ciudadanos, según ha contado el portavoz de este partido, Vicente Ten Oliver.
De salir adelante esta enmienda, que precisa del respaldo de más grupos parlamentarios, España comenzará a adaptar su legislación sobre interinidad a las sentencias del Tribunal Europeo de Justicia del pasado septiembre, cuando en tres fallos puso en tela de juicio la regulación de todos los contratos temporales y, sobre todo, de la interinidad en España.  Los jueces comunitarios cuestionaron especialmente el uso que se hace de la temporalidad en sectores con gran presencia de empleo público como la Sanidad.
Esos fallos llevaron al Ministerio de Empleo a poner en marcha una comisión de expertos que solo pudo pactar adaptar la regulación de los contratos de interinidad. La enmienda del PP toma parcialmente la recomendación de estos expertos ya que se limita a tocar la regulación en el sector público y no crea ningún tipo de indemnización para este tipo de contratos, uno de los puntos que atacaron los jueces europeos. 

Con esta enmienda se lleva a la norma el espíritu del pacto contra la temporalidad que firmó el Gobierno con los sindicatos del sector público (CC OO, UGT 7 CSI-F) en marzo, que pretendía sacar a concurso todas las plazas de la Administración cubiertas por un interino durante tres o más años. Esto supone que en los próximos años se crearán 250.000 nuevas plazas fijas todos los ámbitos del sector público y se reducirá la tasa de temporalidad en ese sector al 8%. 

martes, 16 de mayo de 2017

GRACIAS PSOE Y CIUDADANOS POR HACER PRESIDENTE A RAJOY


El despido masivo de personal interino previsto en los Presupuestos Estatales 


El Proyecto de Presupuestos Generales del Estado de 2017 contiene un artículo, el 19, y especialmente el apartado Dos, cuya redacción ha despertado una gran inquietud entre el personal interino de las Administraciones (funcionarios, personal laboral y estatutario) y empresas públicas al contemplar que, entre otros aspectos, la duración de un nombramiento o contrato de una persona interina no puede superar los tres años y, por tanto, que no pueden encadenarse sucesivos contratos o nombramientos con la misma persona.
   De la lectura literal del artículo se desprende el despido masivo de trabajadoras y trabajadores interinos de todas las administraciones y empresas públicas.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha condenado al Estado Español a que abone al personal interino las cantidades debidas por el término de contrato. Esta sentencia aún no es firme, pero el gobierno estatal del PP no ha dudado en tratar de “quitarse de encima” al personal interino y enviarlo grosera y despiadadamente al paro.
   Por otro lado, es una consecuencia directa y lógica del acuerdo firmado el pasado 29 de marzo entre CCOO, FeSP-UGT, CSI-F y el ministro Montoro sobre la oferta pública de empleo masiva para los próximos años para reducir la tasa de interinidad hasta el 8%. De hecho, el artículo 19, en su apartado Uno, es la traslación de ese acuerdo a los presupuestos. Y el apartado Dos la consecuencia del mismo; es decir, que a partir de 2020 el personal interino que quede pierda cualquier posibilidad de consolidar su empleo.
   Los sindicatos firmantes, al aceptar ofertas masivas de empleo no calibraron las consecuencias sobre la estabilidad laboral del personal interino. Ahora, asumiendo su responsabilidad, deberían forzar la retirada de todo el artículo 19 de la Ley de Presupuestos, llegando incluso a denunciar el Acuerdo para el Empleo que lo ha motivado. Tanto el acuerdo firmado como la limitación de los nombramientos de los Presupuestos no contribuyen a la consolidación del personal interino, sino más bien todo lo contrario; consolida vacantes pero no estabiliza a las y los trabajadores interinos en sus puestos.
   De no retirar el artículo 19 del borrador de Presupuestos la consecuencia para el personal afectado será devastadora, pues impone despidos colectivos, inestabilidad laboral y una precarización absoluta de la figura del personal temporal inaceptable en pos de una ineficacia en las Administraciones para justificar nuevas privatizaciones.
   Por eso, la Confederación Intersindical exige la eliminación de ese artículo y propone como solución a la alta tasa de temporalidad la aplicación de procesos de consolidación para asentar al personal actualmente interino de manera que puedan estabilizar su situación laboral.

   En caso contrario, la Confederación Intersindical propondrá al colectivo de trabajadoras y trabajadores interinos una fuerte movilización de rechazo, aprovechando la convocatoria de una concentración el próximo 27 de mayo en Madrid para reclamar la consolidación del personal interino, en el marco de la movilización de las Marchas de la Dignidad previstas para ese día.