El despido masivo de personal interino previsto en los Presupuestos Estatales
El Proyecto de Presupuestos Generales del Estado de 2017 contiene un
artículo, el 19, y especialmente el apartado Dos, cuya redacción ha despertado
una gran inquietud entre el personal interino de las Administraciones
(funcionarios, personal laboral y estatutario) y empresas públicas al
contemplar que, entre otros aspectos, la duración de un nombramiento o contrato
de una persona interina no puede superar los tres años y, por tanto, que no
pueden encadenarse sucesivos contratos o nombramientos con la misma persona.
De la lectura literal del artículo se desprende el despido masivo de
trabajadoras y trabajadores interinos de todas las administraciones y empresas
públicas.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha condenado al Estado
Español a que abone al personal interino las cantidades debidas por el término
de contrato. Esta sentencia aún no es firme, pero el gobierno estatal del PP no
ha dudado en tratar de “quitarse de encima” al personal interino y enviarlo
grosera y despiadadamente al paro.
Por otro lado, es una consecuencia directa y lógica del acuerdo
firmado el pasado 29 de marzo entre CCOO, FeSP-UGT, CSI-F y el ministro Montoro
sobre la oferta pública de empleo masiva para los próximos años para reducir la
tasa de interinidad hasta el 8%. De hecho, el artículo 19, en su apartado Uno,
es la traslación de ese acuerdo a los presupuestos. Y el apartado Dos la
consecuencia del mismo; es decir, que a partir de 2020 el personal interino que
quede pierda cualquier posibilidad de consolidar su empleo.
Los sindicatos firmantes, al aceptar ofertas masivas de empleo no
calibraron las consecuencias sobre la estabilidad laboral del personal
interino. Ahora, asumiendo su responsabilidad, deberían forzar la retirada de
todo el artículo 19 de la Ley de Presupuestos, llegando incluso a denunciar el
Acuerdo para el Empleo que lo ha motivado. Tanto el acuerdo firmado como la
limitación de los nombramientos de los Presupuestos no contribuyen a la
consolidación del personal interino, sino más bien todo lo contrario; consolida
vacantes pero no estabiliza a las y los trabajadores interinos en sus puestos.
De no retirar el artículo 19 del borrador de Presupuestos la
consecuencia para el personal afectado será devastadora, pues impone despidos
colectivos, inestabilidad laboral y una precarización absoluta de la figura del
personal temporal inaceptable en pos de una ineficacia en las Administraciones
para justificar nuevas privatizaciones.
Por eso, la Confederación Intersindical exige la eliminación de ese
artículo y propone como solución a la alta tasa de temporalidad la aplicación
de procesos de consolidación para asentar al personal actualmente interino de
manera que puedan estabilizar su situación laboral.
En caso contrario, la Confederación Intersindical propondrá al
colectivo de trabajadoras y trabajadores interinos una fuerte movilización de
rechazo, aprovechando la convocatoria de una concentración el próximo 27 de
mayo en Madrid para reclamar la consolidación del personal interino, en el
marco de la movilización de las Marchas de la Dignidad previstas para ese día.